Diez años levantando cajas, un hombro roto y la respuesta que no llegó: la condena que reaviva un debate laboral en el Alto Valle
La Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó que una cooperativa frutícola deberá indemnizar a un embalador al que, tras una lesión en el hombro, le negó tareas livianas. Seis compañeros declararon que esos puestos existían.
Son las seis de la mañana y el galpón todavía está fresco cuando Alejandro, vecino del barrio Parque Industrial de Allen, se acomoda el pañuelo en la nuca y empieza a mover cajas. Hace más de una década que se levanta con esa rutina, primero en el turno madrugada y después, cuando el cuerpo le fue pasando facturas, acomodándose en los huecos que dejaban los demás. Esa misma rutina la repitió hasta aquella mañana de agosto de 2021 en la que el hombro derecho dijo basta y la cooperativa donde prestaba servicios como embalador de primera categoría le cambió, de un día para otro, el paisaje laboral.
Después de más de diez años encadenando turnos sin sanciones ni llamados de atención, a Alejandro se le fracturó la vida cotidiana dentro del galpón de empaque. La ART se hizo cargo del tratamiento durante ocho meses y, en abril de 2022, le extendió el alta con una restricción que resultaba clave: no podía levantar peso. Levantar cajas de peras o manzanas quedaba directamente fuera de discusión, así que el operario envió un telegrama a la cooperativa pidiendo su reincorporación, esta vez en una tarea compatible con esa nueva limitación física.
La carta documento y el silencio
La respuesta de la empresa llegó al poco tiempo, por carta documento. Reconocía la restricción médica -eso es importante-, pero afirmaba algo que iba a resultar decisivo en el juicio: que no existía ningún puesto disponible que se ajustara a esa limitación. Alejandro volvió a escribir, esta vez más detallado, señalando incluso los sectores del galpón donde creía que podía desempeñarse sin forzar el hombro. La respuesta fue la misma: no había lugar. Ante ese escenario, el trabajador entendió que se trataba de un despido indirecto, una figura legal que permite al empleado cortar el vínculo cuando la empresa, con su conducta, no le deja otra salida que esa.
“Cuando una empresa alega que no tiene puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, es ella la que debe probarlo. La cooperativa no lo hizo.”Juez Luis Trani, Juzgado Laboral N°3 de Neuquén
Los testimonios que cambiaron el rumbo
En el juicio declaró la prueba que terminó de inclinar la balanza: seis compañeros de trabajo, con nombres y apellidos, que ante el juez Luis Trani describieron tareas concretas que no requerían levantar peso. Mencionaron el sellado de etiquetas, el fichado de cajas con engrudo y el colgado en el sector conocido entre los embaladores como "el aéreo". Varios coincidieron en algo que resultaba revelador: cuando alguien se lastimaba o no podía cargar bultos, la empresa solía reubicarlo en esas mismas funciones. Uno de los testigos fue todavía más lejos y señaló que al menos cuatro embaladores habían sido trasladados a otros sectores en situaciones parecidas a la de Alejandro. Esos relatos aparecen en la sentencia valorados como coherentes, ordenados y concordantes.
Con ese material sobre la mesa, el magistrado concluyó que la cooperativa tenía posibilidades reales de reubicar al trabajador y optó, simplemente, por negárselas. La sentencia de primera instancia fue ratificada por la Cámara de Apelaciones de Neuquén, que dejó firme la condena. El monto original de la indemnización quedó fijado en 676.751 pesos más intereses calculados desde 2022, una cifra que está muy por debajo de los más de cuatro millones de pesos que la parte actora había reclamado como referencia en el expediente, pero que de todos modos representa un mensaje fuerte para un sector que mueve a miles de personas en la región.
Lo que viene, según lo que se lee en la causa
Acá en la isla del Alto Valle, donde las cooperativas frutícolas son el corazón de cada temporada, el caso de Alejandro dejó algo en claro que nosotros, los que pasamos a diario al lado de los galpones, ya intuíamos: no alcanza con decir por carta documento que no hay puesto disponible cuando un compañero se lastima. Hay que demostrarlo, con papeles, con constancias, con algo más que un formulario firmado a las apuradas. La cooperativa no lo hizo y pagó las consecuencias en los tribunales, cuatro años después de que el hombro de Alejandro dijera basta.
Ahora, con la confirmación de la condena en segunda instancia, lo que Alejandro espera -y lo dice cada vez que lo cruzamos en la vereda de su casa- es que la indemnización se haga efectiva de una vez y que el mensaje sirva para que ningún compañero más tenga que pasar por la misma incertidumbre. Mientras tanto, en los galpones, la rutina sigue: las cajas se arman, las peras bajan por las cintas y, cada mañana, alguien se acomoda el pañuelo en la nuca y empieza a mover fruta, mirando de reojo si el puesto de al lado sigue vacío o si, como tantas otras veces, apareció alguien para ocuparlo.
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