Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y 60 días corridos para volver a cobrar
La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto el pago de esas prestaciones por falta de requisitos médicos. Otros 7.008 beneficiarios deben ampliar su documentación en 30 días hábiles.
Son 4.329 pensiones por invalidez laboral que quedaron suspendidas. La Secretaría de Discapacidad oficializó la medida después de comprobar que sus titulares no acreditaron los requisitos médicos exigidos para mantener el beneficio. Según el organismo, no entregaron la documentación necesaria para demostrar que continúan en situación de discapacidad.
Qué se exige para recuperar el cobro
El requisito central es contar con un Certificado Médico Oficial (CMO) que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar. Los afectados tienen 60 días corridos para presentar la documentación faltante. Si no lo hacen dentro de ese plazo, el beneficio no podrá ser rehabilitado.
En paralelo, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral. En este caso el plazo es de 30 días hábiles, un período distinto al de los suspendidos.
Dónde y cómo presentar la documentación
- En las oficinas de atención de ANSES.
- En las dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
- A través del formulario de consultas del Ministerio de Salud, en argentina.gob.ar.
- Por la plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite Presentación de Documentación para Pensión Invalidez.
Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular. Los equipos técnicos analizan ese expediente para determinar si corresponde rehabilitar el pago.
El origen de la medida
La suspensión se publica en la Resolución 3702/2026, que deja sin efecto una norma anterior. Esa norma había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial, pero la Cámara Federal de Tucumán revocó la sentencia de primera instancia en febrero de 2026. Con ese cambio quedaron habilitadas las suspensiones de los beneficios comprendidos en la causa.
Para quienes dependen de esta prestación como parte de sus ingresos mensuales, el plazo empieza a correr desde la notificación individual. Reunir el certificado médico a tiempo es el paso que determina si el cobro se pierde de forma definitiva.
Comentarios
0Todavía no hay comentarios. Sé el primero.
Sur Extremo Noticias