Prisión preventiva para un hombre acusado de ocultar su diagnóstico de VIH y transmitir el virus a su pareja en Bahía Blanca
La Justicia de Garantías N° 4 de Bahía Blanca ordenó la detención de un hombre de 35 años, imputado por propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa en concurso ideal con lesiones graves. La medida se sostiene en análisis médicos y testimonios; la defensa cuestionó la ausencia de una prueba filogenética.
El Juzgado de Garantías N° 4 de Bahía Blanca, a cargo de la jueza Marisa Gabriela Promé, dictó la prisión preventiva de un hombre de 35 años en el marco de una causa caratulada por propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas, en concurso ideal con lesiones graves. El hecho se produjo, según consta en la causa, a partir de la denuncia de su pareja, quien recibió un diagnóstico positivo de VIH durante el embarazo que ambos habían planificado.
La medida fue dispuesta a pedido de la fiscal Marina Lara, titular de la UFI N° 7, y se sustenta en una serie de análisis médicos y declaraciones incorporadas al expediente. La magistrada consideró que existían elementos de convicción suficientes para sostener la imputación y que, ante una eventual pena de cumplimiento efectivo, se configuraba riesgo de fuga, pese a que el acusado no registra antecedentes penales.
Los estudios clínicos incorporados al expediente
- Un análisis de la denunciante con resultado negativo, fechado en junio de 2019.
- Un estudio positivo de mayo de 2021, realizado durante un embarazo de mellizos.
- Registros del diagnóstico del acusado, conocido por él desde 2016.
- Un consentimiento firmado por la mujer para iniciar el tratamiento correspondiente.
Una infectóloga que declaró en el expediente señaló que el acusado había interrumpido la medicación antirretroviral cuando la consultó en 2018 y que tampoco se encontraba bajo tratamiento cuando regresó al consultorio junto a su pareja embarazada, en 2021. La defensa, por su parte, objetó la falta de una prueba científica que determine de manera directa la transmisión del virus y reclamó la realización de un examen filogenético para comparar las cepas.
En su declaración, el acusado negó los cargos y sostuvo, mediante una carta incorporada a la causa, que sus estudios lo describían como “indetectable e intransmisible”. La jueza entendió que los indicios reunidos resultaban suficientes para disponer la medida cautelar, cuya naturaleza es provisoria y no equivale a una condena.
La denunciante manifestó que ambos habían acordado buscar un embarazo y que desconocía el diagnóstico de su pareja. Tras conocer su resultado positivo, inició el seguimiento médico y recibió medicación durante la gestación. Los mellizos recibieron tratamiento y controles posteriores al nacimiento: el análisis realizado al año y medio fue no reactivo, por lo que no adquirieron el virus.
La investigación también incluyó el testimonio de otra mujer que mantuvo una relación con el acusado entre junio de 2023 y febrero de 2024, cuyos análisis serán incorporados a la causa para continuar con la pesquisa. La instancia procesal que sigue es la continuación de la instrucción, con la producción de las pruebas pendientes y la definición de la elevación a juicio, una vez que se resuelvan los planteos de la defensa.
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