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MAR, 03 NOV 2026
Economía

Un proyecto en el Congreso quitaría la exención de Ganancias a los CEDEARs comprados desde octubre de 2026

La propuesta fija una alícuota del 15% y propone equiparar el costo impositivo de comprar acciones extranjeras directamente o a través de estos certificados.

DG
Diego GallardoCarbón y energía · · lectura 2 min
Un proyecto en el Congreso quitaría la exención de Ganancias a los CEDEARs comprados desde octubre de 2026

Los CEDEARs podrían dejar de estar exentos del impuesto a las Ganancias si el Congreso aprueba un proyecto de ley que hoy se encuentra en tratamiento parlamentario. La iniciativa busca gravar las operaciones con estos certificados, que replican activos extranjeros y que hasta ahora contaban con esa exención.

Qué son los CEDEARs y por qué crecieron

Los CEDEARs se compran y venden en el mercado local argentino, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio sigue la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y también el valor del dólar financiero. Esa combinación les dio popularidad entre ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.

El cambio que propone el proyecto

Hasta ahora, los CEDEARs quedan amparados por la misma exención que se aplica a los valores negociables argentinos. La propuesta modifica esa lógica: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. El criterio se conoce como transparencia fiscal, o look-through.

La alícuota prevista es del 15%, según lo indicó Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios. El cambio no sería retroactivo: alcanzaría solo a los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte.

La diferencia que se quiere eliminar

  • Hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias.
  • Quien accede al mismo activo mediante un CEDEAR puede quedar exento.
  • Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.

Para el inversor minorista, el efecto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que compró sus posiciones. Según la propuesta vigente, las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación. El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley, y hasta que eso ocurra el régimen de exención sigue vigente.

DG
Diego GallardoCarbón y energía

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