Plan de pagos de ARCA: las pymes podrán sumar deudas vencidas hasta octubre de 2026
El régimen especial amplía la fecha de corte, extiende el plazo de adhesión hasta junio de 2027 y mantiene hasta 18 cuotas para las empresas más pequeñas.
Vamos a los números y a las fechas que fija la nueva norma. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que amplía el régimen especial de facilidades de pago destinado a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes), a los pequeños contribuyentes y a determinadas entidades sin fines de lucro. La medida modifica el alcance temporal del plan original y permite que obligaciones con vencimientos más recientes puedan ingresar al esquema de financiación.
Qué cambia respecto del esquema original
El punto central de la reforma es el corrimiento de la fecha de corte. El régimen inicial alcanzaba a las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, mientras que ahora ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Del mismo modo, el período para adherir se extiende: en lugar de cerrar el 30 de diciembre de 2026, los contribuyentes podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder y qué obligaciones abarca
- Micro y pequeñas empresas.
- Medianas empresas de los tramos 1 y 2.
- Pequeños contribuyentes.
- Determinadas entidades sin fines de lucro.
Entre las obligaciones que pueden regularizarse se encuentran las deudas impositivas, las aduaneras y los recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026. Las condiciones de financiación se mantienen sin modificaciones respecto del esquema original: las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes pueden optar por hasta 18 cuotas mensuales para las obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 cuentan con un tope de 15 cuotas.
Cuándo se habilita la carga en el sistema
Si bien la resolución ya se encuentra vigente, el ingreso de las nuevas deudas en el sistema "Mis Facilidades" recién quedará habilitado a partir del 16 de noviembre de 2026. Para hacerlo, deberá seleccionarse la opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026". Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2026. El trámite se realiza de manera online a través de ese servicio del organismo recaudador.
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