Entra en vigor un régimen penal juvenil que fija la imputabilidad desde los 14 años
La ley 27.801 establece sanciones proporcionales a la gravedad de los delitos y reservas la privación de libertad para los casos más graves. Los hechos cometidos antes de su entrada en vigencia quedan fuera de su alcance.
El nuevo régimen penal juvenil dispuesto por la ley 27.801 comenzó a regir este sábado, 180 días después de su publicación en el Boletín Oficial. La norma fija en 14 años el límite de imputabilidad y sustituye el esquema anterior, que establecía esa frontera a partir de los 16 años.
La reforma prevé un sistema de sanciones graduadas de acuerdo con la gravedad del delito. La privación de libertad queda reservada para los hechos más graves, entre ellos los homicidios, y contempla tres modalidades: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención.
Sanciones y criterios de aplicación
La pena máxima prevista para un adolescente es de 15 años. De ese total, hasta dos tercios pueden cumplirse bajo libertad condicional, por lo que el encierro efectivo puede alcanzar como máximo diez años.
Para delitos de menor gravedad, como hurtos y robos sin armas, se habilitan sanciones alternativas al encierro. En robos agravados con armas de fuego, los jueces pueden reemplazar la privación de la libertad por tobilleras electrónicas, la prohibición de concurrencia a determinados lugares o, en situaciones extremas, la separación del adolescente de su entorno familiar cuando se acredita que ese entorno fomenta la actividad delictiva.
- Dictamen pericial favorable.
- Conformidad del Ministerio Público Fiscal.
- Intervención y escucha de la víctima.
- Ausencia de condenas previas.
- Inexistencia de procesos con auto de procesamiento firme.
Desde la sanción de la ley hasta su entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera de su alcance porque eran menores de 14 años al momento de los hechos. Entre esos casos se encuentra el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial, pero no enfrentarán un proceso penal ni una condena. Con el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía quedar internado en un instituto hasta los 18 años, sin registro de antecedentes.
La entrada en vigor del nuevo régimen redefine el tratamiento judicial de los adolescentes de 14 y 15 años. Las causas por hechos posteriores a su aplicación deberán encuadrarse bajo las reglas de la ley 27.801, mientras que los expedientes vinculados con hechos anteriores conservarán el criterio de inimputabilidad vigente al momento de su comisión. La instancia siguiente será la aplicación judicial de estas pautas a cada caso concreto.
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